Los propietarios de las web condenadas tienen su domicilio en China y vendían camisetas a precios de entre 7 y 11 euros. Tras un auto del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Barcelona, deberán cesar su actividad. Se llaman camisetasfutbolchina.es, camisetarealmadrid.es, camisetafutbolbarata.es y camisetasclub.es y son cuatro webs que "ofrecen y comercializan camisetas y uniformes de equipos de futbol de distintas marcas, entre las que se encuentra Adidas", según recoge el auto cautelar.
Éste ha dictaminado que las cuatro páginas cesen su actividad y, para garantizar que así ocurre, ha solicitado a Red.es (empresa pública española que gestiona los dominios), que proceda a bloquear los dominios.
El tribunal ha hecho esta petición como medida de seguridad, tras constatar que los propietarios de estas webs tienen su domicilio en China. Y, por el momento, parece que ha surtido efecto, porque estas páginas ya no son accesibles en sus dominios .es
Historia de un plagio
Fue en marzo de 2012 cuando un representante de Adidas se puso en contacto telefónico con el propietario de una de las webs condenadas "que le manifestó que las camisetas eran réplicas de las originales y que incorporaban las marcas de Adidas", según el auto.
Las páginas ofrecían camisetas de las selecciones nacionales de fútbol de España, Colombia, Paraguay, Alemania, Argentina y México, así como de los clubes de fútbol Real Madrid, AC Milán, Chelsea, Liverpool, Bayer de Munich, Schalke 04, Lyón o Marsella, por precios que varían entre los 7 y los 11 euros
Según fuentes del despacho de abogados www.salirdeinternet.com resulta muy relevante de este auto la aplicación de la Ley Española de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, y consideran fundamental otra de las medidas previstas por el Juzgado: "bloquear el acceso a las web desde los proveedores de servicios de internet que operan en España, y que proporcionan conexión a Internet y servicio DNS".
De esta manera, explican, se logran oscurecer actividades ilegítimas pudiendo aplicarse a casos como difamaciones publicadas en páginas extranjeras.
El Juzgado considera que "es abrumadora la prueba de la existencia de una infracción", ya que desde las web se comercializan "productos idénticos, hasta el punto de ofrecerse como replicas del original".
El juzgado considera que procede bloquearlas para evitar que se prolongue en el tiempo una situación que, aparentemente, se presenta como antijurídica. De hecho, asegura que "el uso ilegítimo de la marca en el contenido de una página web, mediante el ofrecimiento y la comercialización de productos o servicios que violan los derechos de un tercero, es una de las formas más habituales de infracción del derecho de marca".
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