Revés de Hacienda a Decathlon: la Audiencia Nacional confirma el pago de 3,2 millones

Redacción - Tradesport17/12/2020
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La Audiencia Nacional ha rechazado un recurso interpuesto por Decathlon por una reclamación de 3,2 millones de euros en concepto de Tarifa Exterior. En concreto, la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso interpuesto contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), confirmando la liquidación.

El recurso interpuesto por Decathlon se dirigía contra dos liquidaciones dictadas por la dependencia del control tributario y aduanero de la delegación central de grandes contribuyentes de la AEAT de Madrid. Además de la derivada del concepto Tarifa Exterior, existía otra liquidación por el concepto IVA a la importación por importe de 582.929 euros, que quedó resuelta.

En este sentido, la sentencia resuelve una discusión técnica en torno al valor de las mercancías a efectos de pagar derechos de importación, así como si este valor puede reducirse por haberse satisfecho cantidades en torno a la importación en cuestión.

En el texto, la Sala pone el foco en la entidad Promiles SNC, que, según consta en la documentación, pertenece al mismo grupo empresarial y aparece como empresa exportadora; asimismo, en los contratos con los agentes aparece en los anexos como comprador autorizado para adquirir mercancías a través del agente y pagar el 4%, la comisión que corresponde al agente. En base, Promiles adquiere la propiedad de la mercancía y la revende a Decathlon.

El gigante del material deportivo sostiene que las comisiones de compra no deben formar parte del valor de aduana, dado que no existe una relación de compraventa sino de mandato en la relación que existe entre Promiles y Decathlon. No obstante, frente a esto la Inspección de Tributos considera que lo que existe es una verdadera relación de compraventa, en la que Promiles actúa como sustituto de Decathlon adquiriendo la propiedad de las mercancías, lo que determina la inclusión de la cantidad como comisión en el valor de aduana.

Considerando que la documentación aportada por la compañía "no aporta nada nuevo", y en base a la resolución del TEAC, la Audiencia corrige la liquidación al alza.

Preguntados por esta cuestión, fuentes de Decathlon confirman que la liquidación, que corresponde a la matriz del grupo, ya fue abonada. La sentencia de la Audiencia Nacional admite un recurso de casación.

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