Multas de hasta 1.000 euros por jugar al fútbol en la calle

Redacción Tradesport16/12/2014

Si se aprueba el anteproyecto de Ley Orgánica de Protección de Seguridad Ciudadana, jugar con la pelota en la calle podría salir muy caro. En el anteproyecto de la Ley Orgánica de Protección de Seguridad Ciudadana se establecen nuevas infracciones que no figuraban ni en la Ley de 1992 ni en el Código Penal. Una de ellas hace referencia a los juegos y deportes que practican los menores en la calle, pudiéndose leer en el apartado infracciones leves, sancionables con multas de 100 a 1.000 euros, el punto número 17: La práctica de juegos o de actividades deportivas en espacios públicos no habilitados para ello, cuando exista un riesgo de que se ocasionen daños a las personas o a los bienes, o se impida o dificulte la estancia y el paso de las personas o la circulación de los vehículos.

El texto puede modificarse durante su paso por el Congreso y el Senado pero, de momento, en el anteproyecto también se contemplan otras infracciones leves como “la colocación no autorizada en la vía pública de elementos o estructuras no fijas, como tenderetes, pérgolas, tiendas de campaña, construcciones portátiles o desmontables u objetos análogos”, de este modo sería sancionadas acampadas como las que tuvieron lugar tras el 15-M.

Entre las infracciones graves encontramos que las multas por “el consumo de bebidas alcohólicas en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana” oscilarían entre los 1.001 y los 30.000 euros.

También sería infracción grave “las ofensas o ultrajes a España, a las Comunidades Autónomas y Entidades Locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, efectuadas por cualquier medio, cuando no sean constitutivos de delito”.

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